Pension alimenticia clave para garantizar desarrollo integral de la niñezPensión alimenticia, clave para garantizar el desarrollo integral de la niñez

Pension alimenticia clave para garantizar desarrollo integral de la niñez
Pensión alimenticia, clave para garantizar el desarrollo integral de la niñez

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* El Poder Judicial del Estado de México informó que ha atendido más de 14 mil solicitudes de pensión alimenticia entre 2025 y 2026, destacando la importancia de este derecho para el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.El Poder Judicial del Estado de México informó que ha atendido más de 14 mil solicitudes de pensión alimenticia entre 2025 y 2026, destacando la importancia de este derecho para el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.

J.Mercado L.

La pensión alimenticia constituye un derecho fundamental orientado a garantizar el bienestar y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, mediante una obligación compartida entre ambos progenitores desde el nacimiento. Este derecho busca asegurar condiciones adecuadas para su crecimiento y protección.
El juez Marco Antonio Vergara Díaz, adscrito al Juzgado Primero Familiar de Ecatepec, explicó que la pensión alimenticia va más allá de la provisión de alimentos. Incluye aspectos esenciales como la educación, la atención a la salud física y emocional, así como el acceso a actividades culturales y recreativas.
De acuerdo con el Poder Judicial del Estado de México, entre 2025 y lo que va de 2026 se han atendido más de 14 mil solicitudes relacionadas con pensiones alimenticias. La cifra refleja la relevancia de fortalecer los mecanismos institucionales de atención en materia familiar y de garantizar el acceso a la justicia.
El juzgador señaló que, en diversos casos, los conflictos entre los padres repercuten directamente en las hijas e hijos, al utilizar la aportación económica como un elemento de presión dentro de las disputas familiares. Indicó que factores sociales como la delincuencia y el consumo de sustancias nocivas también pueden influir en el incumplimiento de estas obligaciones.
Como ejemplo, refirió el caso de una joven de 17 años que enfrentaba dificultades para solventar gastos de transporte, alimentación y materiales escolares necesarios para continuar su formación como ingeniera aeroespacial. La situación afectaba su desempeño académico y ponía en riesgo la continuidad de sus estudios.
Para atender este tipo de asuntos, los juzgados familiares mantienen coordinación con diversas instituciones y especialistas mediante estudios de trabajo social y psicología, además de solicitar información a autoridades hacendarias, organismos de seguridad social e institutos registrales para determinar montos acordes con las necesidades de las y los menores.
Asimismo, el juez destacó que uno de los principales desafíos es agilizar el intercambio de información entre instituciones y contar con datos completos y actualizados que permitan ofrecer una atención más eficiente a las familias involucradas en estos procedimientos.
El Poder Judicial recordó que los trámites de pensión alimenticia pueden iniciarse a través de la Oficialía de Partes del PJEdomex, el Sistema DIF, la Secretaría de las Mujeres y el Instituto de la Defensoría Pública, entre otras instancias. Además, el Artículo 4.127 del Código Civil del Estado de México establece que este derecho también puede corresponder a estudiantes mayores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores y, en determinados casos, a cónyuges o concubinos en situación de vulnerabilidad.