- Ahorra tiempo y recursos, además evita el traslado a los juzgados.
El Poder Judicial del Estado de México pone a disposición de las y los usuarios de los juzgados familiares, el Recibo Único de Pensión Alimenticia, una alternativa novedosa que permite hacer sencillo el pago de esta garantía.
Para procurar el derecho a la vida digna de niñas, niños y adolescentes o hijos mayores de edad que estudien, personas con discapacidad, adultos mayores y el cónyuge o concubina que se encuentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar.
La institución invita a las personas involucradas en una controversia familiar a utilizar esta modalidad; en caso de aceptar, se dejará establecido bajo acuerdo. Esta herramienta tiene vigencia de un año, al término del plazo deberán acudir a renovarlo.
Su propósito es que tanto el deudor alimentario como el acreedor economicen recursos, con el Recibo Único de Pensión Alimenticia ya que no es necesario que acudan a las instalaciones del tribunal de justicia; además se evita el desgaste emocional que puede causar el encuentro de las partes en los juzgados.
Contiene una referencia única con la que el deudor puede hacer el depósito a la cuenta del Poder Judicial en la ventanilla de la institución bancaria; dependiendo la frecuencia establecida puede ser semanal, quincenal o mensual.
La Dirección de Fondo Auxiliar se encargará de verificar la transacción en el sistema en línea, una vez que se haya realizado, efectuará la transferencia bancaria a favor del acreedor, en caso de que no haya depósito, el juzgado citará y emitirá las sanciones correspondientes.
Para generar el Recibo Único son necesarios los siguientes datos: ClaBe interbancaria del beneficiario, tipo de pago, el monto a pagar, periodo de pago y correo electrónico de las partes.
Sobre fianzas y garantías
Cuando a una persona se le fija una fianza o garantía de cualquier materia, debe presentarse ante el órgano jurisdicional, que le expidirá un Recibo Oficial, para realizar un depósito bancario bajo especificaciones del juzgado.
Las devoluciones de estas fianzas y garantías pueden ser mediante transferencias bancarias; éstas deben solicitarse al juzgado, a través de promoción presentando identificación oficial de quien realizó el pago y ClaBe interbancaria. Las modalidades de reembolso son transferencia electrónica o cheque, mismo que no podrá endosarse, es decir, deberá ser cobrado únicamente por el solicitante.